Corte: no procede reparación por daño moral en infidelidad en matrimonio
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la infidelidad en el matrimonio es un aspecto privado de la vida en pareja y no es motivo para pedir una reparación por daño moral.
En un comunicado, el máximo tribunal del país destacó esta resolución de la Primera Sala que “protege el libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual”.
“La libertad sexual es un derecho personalísimo, que tiene como condición inherente la autonomía sobre la forma de ejercerla, pues la persona tiene la decisión de elegir tener relaciones sexuales con otra, sin mayor límite que el pleno y válido consentimiento de ambos.
“Por lo anterior la fidelidad sexual es un deber jurídico de carácter personalísimo y de contenido esencialmente moral, por lo que su observancia no puede ser exigida coactivamente”, explicó.
La SCJN detalló el caso concreto de un hombre que demandó a su esposa, y a otra persona, la reparación del daño moral sufrido por la afectación de “sus sentimientos, afectos, decoro, vida privada y sus derechos humanos de honor y de reputación”, debido a la infidelidad que sufrió durante su matrimonio.
“A sus espaldas los demandados sostuvieron una relación sexual, de la que nació una hija que no tiene un vínculo biológico con el afectado, hecho que dolosamente ocultaron haciéndole creer por más de veintidós años que él era el padre”, detalló.
De acuerdo con la Corte, los tribunales competentes le dieron la razón y condenaron a su ex pareja a reparar los daños sufridos; sin embargo, la mujer inconforme acudió al máximo tribunal del país en reclamo de “su derecho humano al libre ejercicio de su sexualidad, sosteniendo que la fidelidad es un valor o deber que pertenece única y exclusivamente al ámbito de la moralidad”.
“La SCJN resolvió que la infidelidad en el matrimonio no puede ser considerada como hecho ilícito para obtener una indemnización por daño moral, bajo las reglas de la responsabilidad civil, pues ello trastoca el derecho al libre desarrollo de la personalidad y de libertad sexual aun dentro de la vida matrimonial”, aclaró.