Buscarán en Senado eficientar combate del uso electoral de programas sociales
El líder de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, anunció que presentará a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión una iniciativa para establecer en las leyes, de forma eficaz, el uso de programas sociales con fines electorales como un delito grave.
De acuerdo con el presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara alta, el objetivo es armonizar la legislación secundaria con los cambios hechos al artículo 19 de la Constitución, referente a los delitos que merecen prisión preventiva oficiosa.
Precisó que el planteamiento consiste en hacer modificaciones tanto al texto del Código Nacional de Procedimientos Penales, como al de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, donde no se hace referencia al uso de los programas sociales.
“La intención es responder al gran paso que se dio hacia un verdadero acceso a la justicia cuando se modificó el artículo 19 de la Constitución, al incorporar un catálogo de delitos, cuya comisión amerita la prisión preventiva oficiosa: el feminicidio, el robo de casa habitación, el uso de programas sociales con fines electorales, la violencia sexual contra menores y el robo al transporte de carga”, informó mediante un comunicado.
Explicó que, con apego al principio de legalidad y para lograr una armonización con el precepto constitucional, el artículo que se añadiría a la Ley General en Materia de Delitos Electorales debe especificar como delito el uso de programas sociales con fines electorales, puesto que las hipótesis que se contemplan en dicha norma prevén sólo el condicionamiento o amenaza de suspensión, mas no refieren al uso de éstos.
Por tanto, precisó que propone añadir a dicha ley dos nuevos tipos penales relacionados con el uso de programas sociales con fines electorales, en cuya comisión procede la prisión preventiva oficiosa.
El primero de ellos consiste en sancionar con prisión de tres a ocho años y de 300 a 600 días de multa a quien, utilizando bienes, fondos, servicios o beneficios relacionados con programas de naturaleza social, ejerza cualquier tipo de presión sobre el electorado para votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, o bien, para participar o abstenerse de participar en eventos proselitistas, o para votar o abstenerse de votar por alguna opción durante el procedimiento de consulta popular.
La segunda adenda busca establecer una pena de cuatro a nueve años de prisión y de 500 a mil días multa al servidor público que, durante el proceso electoral, use o permita el uso de los recursos públicos, bienes, fondos, servicios, o beneficios relacionados con programas de naturaleza social, con la finalidad de incidir en el electorado para posicionarse o posicionar ante el electorado a distinto servidor público, precandidato, aspirante a candidato independiente, partido político o coalición.
También se propone modificar el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, a fin de actualizarlo e incluir las conductas delictivas que se añadieron al artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.