La Policía de Ciudad Real no ha precintado un local por iluminar su escaparate pasadas las 22:00
Circula en redes sociales una imagen de un local comercial que, aparentemente, habría sido precintado por la Policía Local de Ciudad Real en aplicación del Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización decretado por el Gobierno, el cual limita la iluminación de los escaparates hasta las 22:00 horas para ahorrar energía. Es falso y se trata de un fotomontaje, ya que la imagen original corresponde a un precinto policial por ruidos.
En la imagen manipulada, enviada por varios lectores al servicio de verificación por WhatsApp de Newtral.es, se ve un comercio con el cierre echado y junto a una notificación de la Policía Local de Ciudad Real en la que se lee lo siguiente: “Establecimiento precintado. Prohibido el acceso por mantener encendido el escaparate después de las 22:00 horas”.
La foto del escaparate de Ciudad Real es anterior al decreto de medidas de ahorro energético
Una búsqueda inversa de la imagen del escaparate arroja como resultado la fotografía original publicada por la Cadena Ser y que ilustra un artículo de enero de 2022 con el siguiente titular: “El ayuntamiento de Ciudad Real ordena la clausura temporal de un local por ruidos y propone el cierre de otro por dos meses”.
Si se atiende a la imagen original publicada por la Ser, se observa que la notificación de la Policía Local de Ciudad Real no hace mención alguna a la iluminación del escaparate. De hecho, en enero de 2022, cuando fue publicada la fotografía, no existía el decreto que limita el encendido de escaparates a partir de las 22.00, que fue aprobado el 1 de agosto de 2022 y entró en vigor el día 10 de ese mismo mes.
Por tanto, es imposible que el cierre de ese establecimiento obedeciera a las limitaciones de horario para la iluminación de escaparates recogidas en el decreto del Gobierno sobre medidas de ahorro y eficiencia energética.
Por otro lado, la Policía Local de Ciudad Real ha confirmado a Newtral.es que a fecha de publicación de este artículo no se ha sancionado ni precintado a ningún establecimiento comercial por incumplir las restricciones sobre la iluminación de escaparates. En definitiva, es falso que se haya precintado un local de Ciudad Real por encender su escaparate más allá de las 22:00 horas y se trata de un fotomontaje.
¿Qué dice la nueva ley sobre la iluminación de escaparates?
El Gobierno de España aprobó a principios de agosto un decreto con varias medidas de ahorro y eficiencia energética ante la crisis desatada por la invasión de Rusia a Ucrania y sus repercusiones en el suministro de gas a Europa. Entre estas medidas figuran restricciones a la iluminación de escaparates a partir de las 22.00 horas, que se suman a otras como los límites de temperatura para espacios calefactados o con aire acondicionado.
En concreto, el cuarto punto del artículo 29 del mencionado decreto recoge que el iluminado de escaparates como el del bulo de Ciudad Real deberá “mantenerse apagado desde las 22 horas”, algo que también afectará “al alumbrado de edificios públicos que a la referida hora se encuentren desocupados”. Esta medida se aplicará hasta el 1 de noviembre de 2023.
En lo que se refiere a las sanciones, el decreto toma como referencia el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) que, a su vez, remite a las sanciones recogidas en la Ley de Industria.
Esta ley prevé multas de hasta 60.000 euros para infracciones leves, que es como se consideran los incumplimientos de las medidas del mencionado decreto. No obstante, para que se considere una infracción debe haber una “falta de subsanación de las deficiencias detectadas en inspecciones y revisiones reglamentarias en el plazo señalado en el acta correspondiente o la falta de acreditación de tal subsanación ante la Administración Pública competente”.
La paralización temporal de una instalación o de un comercio como la que, según el bulo, se habría dado por el escaparate de Ciudad Real, se tendría que dar únicamente “en los supuestos en que, a través de la correspondiente inspección, se apreciaran defectos o deficiencias que impliquen un riesgo grave e inminente de daños a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente”.