Sociedad Interamericana de Prensa advierte peligro por decreto de secreto de Estado en Costa Rica
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó su preocupación por el decreto que declaró secreto de Estado cualquier información vinculada con la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS), el Consejo Nacional de Seguridad Pública y el grupo de trabajo Fuerza Élite.
La SIP observa con especial preocupación que el decreto tienda un velo sobre presupuestos, gastos y la totalidad de los procedimientos de contratación pública, ámbitos que, según señaló, son esenciales para la transparencia y la rendición de cuentas sobre el uso de recursos públicos.
La organización advirtió de que esta disposición podría obstaculizar la labor periodística y restringir el acceso a información de interés público.
Según el ente, esto tendría consecuencias para la libertad de prensa y el derecho de la ciudadanía a estar debidamente informada.
“Reconocemos que los Estados pueden proteger información cuya divulgación pueda poner en riesgo operaciones de seguridad, funcionarios o terceros. Sin embargo, la clasificación de información como secreto de Estado debe ser excepcional, estar claramente delimitada y sujeta a controles independientes, para evitar restricciones desproporcionadas al derecho de acceso a la información pública”, expresó el presidente de la SIP, Pierre Manigault.
El decreto establece como secreto de Estado cualquier otra coordinación sobre seguridad y defensa del Estado que dirija la Presidencia de la República.
El decreto 45870, publicado en La Gaceta del lunes 10 de agosto, lo firmaron la presidenta de la República, Laura Fernández y el ministro de Seguridad, Gerald Campos.
Según el documento, la declaratoria se emite por razones de interés público, seguridad y defensa nacionales. Por haberse declarado “confidencial y de acceso restringido”, se encuentra exceptuada de la consulta pública.
Otros pronunciamientos
La presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Martha Ramos, considera preocupante que el decreto imponga un deber de confidencialidad indefinido a las personas vinculadas con estos organismos, deber que incluye posibles sanciones por divulgar o compartir información clasificada.
Ramos advirtió de que estas disposiciones no deberían convertirse en mecanismos para impedir el trabajo periodístico ni para restringir la investigación de asuntos de evidente interés público.
Los directivos de la SIP exhortaron a las autoridades a distinguir claramente entre la información operativa cuya reserva pueda estar justificada por razones de seguridad y aquella relacionada con presupuestos y contrataciones, entre otras, que debe permanecer sujeta a los principios de transparencia y rendición de cuentas.
Amplio secreto
El decreto definió un amplio margen de elementos sujetos al secreto de Estado.
Sobre los documentos declarados, se incluyó “pero no se limita” a lo relacionado con las formas de operación de la delincuencia organizada y las dinámicas policiales de prospección y despliegue, así como las capacidades operativas, los procedimientos especiales, los planes de respuesta, las estructuras de mando, los protocolos de intervención, los recursos tecnológicos y los mecanismos de inteligencia.
Además, incluye:
- La coordinación interinstitucional
- Las bitácoras de acuerdos
- Las presentaciones sobre diversas estrategias de acción policial
- Las gestiones de control
- Los protocolos de evaluación de confiabilidad y sus resultados
- Los planes de protección a funcionarios
- Las partidas, rubros de gastos y presupuestos
- Totalidad de las actuaciones y expedientes administrativos
- Estudios previos
- Requerimientos técnicos
- Ofertas
- Adjudicaciones
- Financiamientos
- Contratos
Fases de ejecución de los procedimientos de contratación pública que se promuevan o ejecuten para el uso o en beneficio de los fines del Consejo, la DIS y la “Fuerza Élite”, así como las sesiones, reuniones, grabaciones, planes y acuerdos concretos generados en su seno.
En esa misma línea, el decreto declara secreto de Estado cualquier acción u operación relacionada con la seguridad y defensa nacionales que ordene o coordine la Presidencia de la República con el respectivo ministro del ramo o cualquier otro actor involucrado.
La declaratoria de secreto de Estado y la restricción absoluta de acceso regirán con independencia de que las contrataciones se realicen con instituciones del Estado, entes públicos no estatales, consorcios o entidades privadas, nacionales o extranjeras. El decreto establece, además, la prohibición de divulgar esta información.
Cualquier persona vinculada a los temas declarados secretos de Estado está obligada a guardar absoluta confidencialidad y privacidad de los asuntos que ahí se discutan o que de forma directa o indirecta puedan percibir y conocer con ocasión de su participación.
Según el decreto, a quien incumpla lo dispuesto se le aplicarán los procedimientos y las sanciones correspondientes al quebrantamiento del secreto de Estado, así como la finalización de la relación contractual de pleno derecho y sin responsabilidad para la Administración Pública.
Se declaró también como secreto de Estado la articulación institucional derivada del Decreto Ejecutivo 39449-MPSP, Reglamento sobre la Protección de los Jerarcas del Poder Ejecutivo y Dignatarios.
La Fuerza Élite está conformada por Fernández y otros altos jerarcas del Estado, como los ministros de Seguridad y Justicia, que se reúne cada lunes para abordar la lucha contra el crimen organizado.
Según el texto de la norma, la declaratoria responde al riesgo que representan estructuras criminales ligadas al narcotráfico, el sicariato y el lavado de dinero.
El gobierno argumentó que divulgar estos datos revelaría vulnerabilidades institucionales y pondría en peligro la vida de funcionarios y sus familias.