José Ramón López, asesor fiscal: "Hay deducciones de todo tipo si tienes hijos en tu declaración de la Renta"
Siempre que llega el mes de abril en el calendario, todos los contribuyentes apuntan la fecha del inicio de la campaña de la declaración de la Renta con el fin de evitar sanciones y errores de último minuto. Este año, la presentación telemática mediante Renta Web se puede hacer desde el próximo miércoles 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026, un periodo en el que cualquier contribuyente puede enviar su declaración por internet directamente desde la sede electrónica sin necesidad de solicitar cita. Si el resultado de la declaración va a ingresar y se opta por domiciliar el pago en cuenta, la fecha límite para hacerlo se adelanta al 25 de junio de 2026 para garantizar que el cobro se procese correctamente.
Para quienes prefieren apoyo personalizado, la Agencia Tributaria ha habilitado diferentes vías con plazos específicos que también conviene conocer. La confección por teléfono mediante el servicio de cita previa se puede solicitar entre el 29 de abril y el 29 de junio, y se realiza entre el 6 de mayo hasta el final del periodo. En los casos donde se presente de forma presencial en oficinas este apoyo se lleva a cabo del 1 al 30 de junio, con citas que se piden desde el 29 de mayo. Estas opciones de atención guiada ayudan especialmente a quienes tienen dudas sobre cómo completar o revisar su declaración, y se puede concertar la cita tanto en la web de la Agencia como por teléfono a través de los números habilitados por Hacienda.
En este contexto, contar con todas las deducciones posibles es un elemento determinante para optimizar la declaración de la Renta y reducir el importe a pagar o aumentar la devolución que Hacienda puede devolver. Las deducciones son beneficios fiscales que se aplican sobre la cuota íntegra tras calcular el impuesto y abarcan desde cuestiones personales y familiares hasta aportaciones realizadas a lo largo del año. Tales ejemplos como las cuotas sindicales o las deducciones autonómicas por hijos, gastos educativos o familia numerosa, que varían según la comunidad autónoma. Esta planificación requiere revisar no solo las deducciones generales a nivel estatal sino también las específicas de cada territorio.
Todas las deducciones que puedes aplicar si tienes hijos
José Ramón López Martínez, asesor financiero conocido en redes sociales como "Tu Blog Fiscal" por sus publicaciones divulgativas sobre materia impositiva, expone los beneficios que pueden aplicar los contribuyentes que tengan descendientes en el ejercicio del IRPF. "Maternidad por nacimiento durante tres años, gastos médicos por gafas, por llevar al colegio, por material escolar… Hay deducciones de todo tipo si tienes hijos en tu declaración de la Renta", comienza explicando el profesional del repertorio fiscal. Pese a que muchos ciudadanos desconocen estas ventajas, la realidad es que pueden llegar a cambiar por completo el resultado final de la declaración.
"Pero todo esto son deducciones autonómicas y no aparecen por defecto. Por eso te enseño cómo las tendrías que aplicar", concreta. Es por eso que, a diferencia de otras deducciones que son estatales y automáticas, es decir, que se aplican directamente, en estos casos depende de la zona territorial en la que resida el beneficiario. "Todo lo vais a encontrar en el borrador, en el apartado de deducciones autonómicas,... Y aquí, por ejemplo, en este caso Cataluña, tienes deducción por nacimiento de hijo. Si te vas a Andalucía, tienes deducción por nacimiento de hijo, por familia numerosa, por gastos educativos", comenta. En función de la CCAA se aplican diferentes deducciones y, por ende, distintos beneficios.
Este es el motivo por el que nadie reclama estas deducciones
"Depende de la comunidad autónoma vas a tener más o menos, pero en todas tenéis deducciones por hijos. El problema es que lo tienes que meter tú", esclarece. Es así como muchos contribuyentes desperdician, la mayoría de veces de manera involuntaria, una gran ventaja que puede cambiar una declaración "a pagar", para que, en la práctica final, resulte "a devolver". "Hacienda no te va a decir: 'Oye ya te aplico yo la deducción, no te preocupes que así me pagas menos'. No, eso no te lo va a decir", concluye. Es por eso que el experto recomienda asesorarse de manera correcta y analizar cada caso detalladamente.