El Supremo anula el tercer proyecto lingüístico en una escuela de Cataluña
El Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que anuló el proyecto lingüístico de la escuela Frangoal (Castelldefels, Barcelona) en 2021, al rechazar dos recursos de casación interpuestos por la Generalitat de Cataluña. Este centro educativo aplica el 25 por ciento de sus clases no lingüísticas en español y, con esta, ya van tres órdenes del Supremo contra otras tantas escuelas de Cataluña a las que les anula el proyecto lingüístico por no cumplir con el bilingüismo que establece el Tribunal Constitucional. En dos providencias del Supremo, avanzadas por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), entidad que asesora a los padres que reclaman que español y catalán se apliquen como lenguas vehiculares en las escuelas, los cinco magistrados de la Sala de lo Contenciosos-Administrativo rechazan la petición de la Generalitat, que solicitó cambiar el sentido de la decisión del TSJC alegando que el bilingüismo supone un daño al sistema educativo. Código Desktop ????El Tribunal Supremo declara firme la sentencia que anula el proyecto lingüístico de la Escola Frangoal de Castelldefels
????No admite el recurso de la Generalitat que argumentaba que su anulación dañaba al sistema educativo catalán y a los "intereses generales"
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December 21, 2022
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December 21, 2022
Los magistrados señalan que los recursos de la Generalitat no están mínimamente fundamentados para que el Alto Tribunal entre si quiera a valorar sobre el fondo de la cuestión y vuelve a dar un tirón de orejas a la administración autonómica al indicar que la idea de la Generalitat de que la decisión del TSJC afecta a todo el sistema lingüístico, sin otra acotación o matiz, «no aparece debidamente cumplimentada sino por referencias en exceso genéricas e indeterminadas que contrastan con el cariz casuístico que presenta el litigio». La decisión firme sobre el proyecto lingüístico de la escuela Frangoal se suma a los de las las escuelas Bogatell (Barcelona) y Josefina Ibáñez (Abrera, Barcelona) y tendrán que rehacer los proyectos educativos para incorporar un sistema bilingüe justificadamente. Mientras tanto, según ha podido saber ABC, la Generalitat ha alegado al TSJC la «imposibilidad legal» de ejecutar sus propias sentencias de los casos de Bogatell y Josefina Ibáñez, a pesar de la decisión del Supremo, por la aprobación en el Parlamento autonómico del decreto 6/2022 y ley 8/2022. En relación al caso del colegio Frangoal (que son dos providencias porque fueron dos los padres de este centro que acudieron a la Justicia por el incumplimiento de la administración autonómica), igual que sucedió en el caso de las escuelas de Abrera y Barcelona, la Generalitat tendrá que asumir las costas del proceso judicial: 1.000 euros (más IVA) por cada una de las sentencias.