Juristas tumban el blindaje «electoral» del aborto en la Constitución
Parece una cuestión propia de épocas pasadas, pero, es realidad, y el Gobierno ha traído ahora a colación una reforma de la Constitución Española para «blindar» el derecho al aborto, que ha recibido el visto bueno este martes en el Consejo de Ministros. Se trata de un cambio legislativo para reformar el Artículo 43 de la Carta Magna que el Ejecutivo de Pedro Sánchez emprendió el pasado mes de octubre con el pretexto de proteger el aborto, pero que esconde un trasfondo de «rentabilidad electoral» en su batalla política para frenar la llegada del Partido Popular y de Vox al poder. O, al menos, es lo que aseguran diversos juristas consultados por este periódico, mientras el Gobierno justifica que la propuesta supone un paso más en el «reconocimiento social y jurídico del derecho a la autodeterminación de las mujeres y a su necesaria protección frente a dinámicas regresivas».
El ya emérito magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Andrés Ollero, explica que esta reforma carece de justificación jurídica sólida y que se trata, únicamente, de una herramienta para debilitar al adversario político y de conseguir un «beneficio electoral». A su juicio, es una cuestión «curiosa» si se recuerda que el TC ya reconoció en una sentencia, rompiendo precedentes, que el aborto era un derecho fundamental y que así el blindaje debería venir de la mano del Artículo 15, como ya advirtió el Consejo de Estado.
Además, añade que la pretensión del Ejecutivo se produciría en una modificación material de la Carta Magna sin seguir los procedimientos establecidos en la propia CE que avalan los supuestos cambios legislativos. «Antes de abordar el fondo de la cuestión, habría que garantizar que se respetan los mecanismos de reforma previstos. ¿En qué condiciones tiene que pasar por el Congreso?», apunta. En este sentido, hay que tener en cuenta que para introducir un cambio en la CE se necesita una mayoría parlamentaria que el Ejecutivo de Sánchez nunca ha tenido y tampoco tendrá con la negativa de los populares y Vox.
El magistrado compara también este marco normativo con el caso del Artículo 32 de la CE, que establece las condiciones de igualdad y de derecho de hombres y mujeres para contraer matrimonio, pero que no avala la unión homosexual y que, sin embargo, está garantizada sin ninguna modificación expresa del ordenamiento jurídico.
La lectura de este constitucionalista coincide con otros juristas consultados por este periódico, que explican que no hay ningún elemento jurídico que limite el derecho al aborto en España.
Según argumentan, «la posibilidad de abortar conforme a la vigente ley de plazos no está en peligro y, salvo Vox, nadie lo cuestiona». Los juristas consideran que en el contexto actual la reforma adquiere «un mero valor simbólico de satisfacer a las corrientes feministas más extremas, entendida como una concesión al feminismo exacerbado». «El Ejecutivo de Sánchez se aseguraría así las adhesiones de estas personas en una eventual batalla electoral», añaden.
Más allá de su contenido técnico, la iniciativa parece insertarse así en una estrategia política más amplia. Algunos juristas consideran que el Gobierno busca mantener un clima de confrontación ideológica que refuerce la polarización entre bloques. En palabras de uno de los juristas consultados, «no es tanto una herramienta para debilitar a la derecha, pero sí para mantener vivo el ambiente frentista de las “Dos Españas“». De hecho, aseguran que el Gobierno sólo pretende «sembrar la discordia para reforzar la existencia de un enemigo político, siguiendo la estrategia de la Memoria histórica sesgada que están siguiendo».
En este sentido, el cambio legislativo del aborto, que plantea ahora el Gobierno, se convertiría en un elemento más dentro de una narrativa política basada en la confrontación. Los juristas advierten de que la reforma tiene también un «componente provocador» que podría tener como efecto –dentro de esa lógica del enfrentamiento– movilizar a sectores conservadores, incluidos grupos ultracatólicos, reactivando un debate que había perdido intensidad en la última década.
La iniciativa ya fue objeto de críticas por parte del Consejo de Estado, que dejó en un dictamen recados para Moncloa. Por un lado, cuestionó la vía elegida para tramitar la reforma –a través del Artículo 43– y, por otro, la justificación de apostar por una «mayor sencillez y celeridad» en la tramitación. El órgano de Gobierno explicó entonces que son consideraciones de oportunidad política que no deberían ser tenidas en cuenta a la hora de elegir el precepto de la reforma y más aún cuando no hay necesidad de «blindar» el aborto cuando la actual legislación de plazos no se encuentra amenazada.