TSE autoriza difusión de propaganda electoral hacia las subnacionales
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio luz verde a la fase de difusión de propaganda política rumbo a las elecciones subnacionales del 22 de marzo.
Los partidos y organizaciones políticas podrán publicar su contenido desde este viernes 20 de febrero y hasta el 18 de marzo.
La medida corresponde a la actividad 54 del calendario. En ese periodo, las fuerzas políticas deberán garantizar que la propaganda contratada llegue también a los territorios indígena originario campesinos y a los gobiernos autónomos indígena originario campesinos en el idioma propio de cada región, con el fin de asegurar el acceso equitativo a la información electoral.
TSE
En ese sentido, el TSE habilitó a escala nacional 185 medios digitales, 41 televisivos, 23 radiales y 16 impresos. A ello se suman los medios de alcance local autorizados por los tribunales electorales departamentales.
La norma establece que todo material audiovisual difundido deberá incluir, de manera obligatoria, interpretación en lengua de señas o subtítulos, como parte de las medidas de inclusión dirigidas a personas con discapacidad auditiva.
El artículo 119 de la Ley de Régimen Electoral prohíbe la difusión de propaganda anónima, mensajes orientados a promover la abstención, contenidos que vulneren la honra, dignidad o privacidad de candidatas, candidatos o de la ciudadanía, así como material que atente contra la sensibilidad pública.
Elecciones subnacionales
También está prohibida la propaganda que promueva directa o indirectamente la violencia, la discriminación o la intolerancia; que ofrezca dinero o prebendas; que utilice símbolos patrios o imágenes directas de niñas, niños y adolescentes; o que difunda resultados de estudios de opinión con fines electorales.
El reglamento impide además el uso de símbolos, lemas o materiales identificativos del Órgano Electoral Plurinacional u otras entidades estatales en piezas de campaña. Se sancionará igualmente el uso no autorizado de imágenes de personas naturales, la difusión en medios no habilitados y la circulación de contenidos con discursos de odio, racismo, misoginia o desinformación, incluida la denominada “guerra sucia”.
La normativa prevé un régimen de faltas y sanciones para organizaciones políticas y medios que incumplan estas disposiciones, con el objetivo de resguardar la transparencia, la equidad y el respeto a los derechos ciudadanos durante el proceso electoral.
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