Consumo ratifica la multa de 3,6 millones a Alquiler Seguro por cobrar comisiones ilegales a inquilinos tras desestimar su recurso
Alquiler Seguro vuelve a la diana de Consumo. El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha desestimado el recurso de alzada presentado por Alquiler Seguro, lo que convierte en firme la multa de 3,6 millones de euros impuesta a la compañía por prácticas abusivas contra sus inquilinos "aprovechando su posición de predominio de mercado", señala Consumo. Entre los abusos se encuentra el cobro de comisiones ilegales y la imposición de servicios no solicitados aprovechando su posición en el mercado.
La compañía, tras agotar la vía administrativa, puede interponer un recurso contencioso-administrativo en los tribunales. También tiene la opción de solicitar al juez la suspensión cautelar de la multa para evitar su pago inmediato. Si el juzgado acepta las medidas cautelares, la compañía no tendría que pagar la sanción hasta que haya una sentencia firme en su contra, si bien lo habitual es que se le exija la presentación de un aval bancario u otra garantía por un importe equivalente al de la sanción.
Entre las prácticas fraudulentas sancionadas se encuentran la imposición de un supuesto servicio de atención al inquilino, utilizado para disfrazar la comisión de agencia por gestión y formalización del contrato, que desde la aprobación de la Ley de Vivienda recae sobre los propietarios; la obligación de contratar un seguro del hogar -cuestión que también debe competer al arrendador ya que le beneficia directamente-; hacer frente a cargos por reclamaciones de deuda aunque no fueran responsables; e imponer a los inquilinos todos los gastos derivados de posibles reclamaciones judiciales, aun no existiendo condena en costas. Además, la compañía incluye en sus contratos cláusulas que permiten la inclusión de los inquilinos en ficheros de morosos con independencia de la causa de impago y aun no siendo deudas vencidas y exigibles y eliminan su derecho a desistir del servicio de atención al inquilino.
La sanción de Consumo, ratificada por el ministro, establece que esta empresa ha cometido una sanción "grave" y seis infracciones "muy graves". Una de las infracciones muy graves conlleva el pago de un millón de euros y otra, de 990.900 euros. A esas cantidades se suman otras tres multas de 500.000 euros, una de 100.001 euros y una última, por la infracción grave, de 10.001 euros. En total, todas las multas suman 3,6 millones de euros. Además de la sanción económica, la resolución obliga también a Alquiler Seguro a rectificar los incumplimientos detectados, teniendo que eliminar las cláusulas abusivas identificadas, y hacer pública la multa, incluyendo los motivos.
Esta sanción deriva de un expediente abierto en marzo de 2025 por la Dirección de Consumo. A finales de octubre, el ministerio que dirige Pablo Bustinduy trasladó a Alquiler Seguro una propuesta de sanción por valor de esos 3,6 millones que se hizo efectiva a mediados de diciembre, aunque la multa aún no era firma, ya que la compañía tenía la posibilidad de presentar un recurso de alzada ante el ministro de Consumo. Tras agotar esta vía, la multa deviene firme. El ministerio de Pablo Bustinduy recuerda, además, que mantiene abierto otro expediente sancionador a una segunda inmobiliaria tras recibir denuncias de Facua, el Sindicato de Inquilinas y la OCU por prácticas abusivas contra los inquilinos, entre las que se encuentran el cobro de comisiones ilegales por la gestión del arrendamiento o la imposición de contratar seguros y servicios no solicitados.En declaraciones previas, Alquiler Seguro reiteró su cumplimiento de la ley "a rajatabla", rechazó las acusaciones de llevar a cabo prácticas abusivas en la gestión del alquiler y aseguró que varias sentencias judiciales avalan el cobro de los servicios que han suscitado la multa de Consumo. Según informó la inmobiliaria cuando el Ministerio de Consumo dio a conocer la propuesta de sanción a finales de octubre, todos los servicios que ofrece a propietarios e inquilinos son "transparentes, públicos y voluntarios, incluidos los gastos de gestión y formalización del contrato", que recaen exclusivamente en el arrendador, tal y como viene recogido en el contrato de prestación servicios.
"La voluntariedad en la suscripción de los servicios de Alquiler Seguro, y específicamente, del Servicio de Atención al Inquilino (SAI), ha sido reconocida en hasta tres procedimientos judiciales por tres tribunales que han analizado su alcance y su aplicación", apuntó. Estas sentencias recogen que los servicios se ofrecen sin ningún tipo de imposición, pudiendo cerrarse el contrato de alquiler sin este servicio de atención al inquilino que, no obstante, señala el Juzgado de 1ª Instancia nº 104 de Madrid, sí incluye prestaciones de utilidad para el arrendatario. Por todo ello, Alquiler Seguro considera que la multa es abusiva y desproporcionada.