Por qué a la Guardia Civil se la conoce como 'la Benemérita': el significado y origen de su nombre
Con casi dos siglos de historia, la Guardia Civil se ha consolidado como una de las instituciones más emblemáticas de España por su compromiso con la seguridad de los ciudadanos. Desde su creación, ha desempeñado un papel fundamental en la protección de pueblos y ciudades, enfrentándose a desafíos como el bandolerismo, el contrabando y otras amenazas.
El Cuerpo de Seguridad de España se fundó el 13 de mayo de 1844 por el entonces Ministro de la Guerra, Francisco Javier de Burgos. Su creación respondió a la necesidad de establecer un cuerpo que garantizara el orden público en un país marcado por la inestabilidad política y social.
Aunque Guardia Civil es su nombre oficial, seguro que has escuchado a alguien referirse a ella como 'la Benemérita' de forma coloquial. Este contexto genera la gran pregunta: ¿A qué se debe este nombre?
La historia detrás del nombre
La Guardia Civil recibe el sobrenombre de 'Benemérita' desde el 4 de octubre de 1929. Este término, procedente del latín "bene" (bien) y "meritus" (merecedor), significa bien merecidos o dignos de galardón.
En el contexto de la Guardia Civil, se utiliza como un título honorífico que resalta la meritoria labor y el sacrificio de sus miembros en la protección y el servicio a la sociedad.
En esa misma fecha, el Consejo de Ministros le concedió la Gran Cruz de la Orden Civil de la Beneficencia por sus "innumerables actos y servicios abnegados, humanitarios y heroicos que los individuos pertenecientes al mismo han realizado con motivo de incendios, inundaciones y salvamento de náufragos".
Esa condecoración se creó durante el reinado de Isabel II, el 17 de mayo de 1856, para recompensar actuaciones o servicios extraordinarios durante desastres. La concesión de dicha Gran Cruz no fue más que el reconocimiento oficial al que ya existía entre la ciudadanía.
Requisitos para ser Guardia Civil
Tal y como publica el Ministerio del Interior, las personas aspirantes deberán reunir varios requisitos en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso.
Entre ellos se encuentran la posesión de la nacionalidad española, no estar privado de los derechos civiles, carecer de antecedentes penales y no hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
En cuestiones relativas a la edad, es indispensable tener cumplidos los 18 años de edad en el año de la correspondiente convocatoria. A estos efectos, se entiende que reúne dicha condición el aspirante que los cumpla durante ese año.
Asimismo, no deben superar la edad de 40 años durante el año de la correspondiente convocatoria, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante dicho año la edad de 41 años.