Una señal ilegible o mal colocada puede anular una multa: así lo reconoce la normativa española de tráfico
En las carreteras españolas no es raro encontrarse con señales deterioradas, oxidadas, cubiertas por vegetación o directamente ilegibles. Estas situaciones generan confusión en los conductores y pueden comprometer la seguridad vial, especialmente cuando la señalización no permite reaccionar a tiempo. Lo que muchos desconocen es que, en estos casos, la Ley ampara al conductor si recibe una sanción.
El Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, establece que todas las señales deben ajustarse al Catálogo oficial de señales de circulación, que fija su forma, diseño, color, significado y dimensiones. La norma exige que la señalización cumpla criterios estrictos de visibilidad, conservación y ubicación, tanto en vías urbanas como interurbanas.
El catálogo, además, debe seguir las recomendaciones internacionales en materia de señalización, lo que obliga a que cualquier señal instalada en la vía pública mantenga un estado adecuado para ser interpretada sin dificultad por los conductores.
El titular de la vía es responsable del mantenimiento
El artículo 139 del reglamento es claro: corresponde al titular de la vía —ya sea un ayuntamiento, una diputación o el Estado— garantizar que la carretera se mantenga en condiciones óptimas y que las señales estén instaladas y conservadas correctamente. También es su responsabilidad autorizar cualquier señal adicional que se coloque en la vía. Cuando una señal está deteriorada, mal ubicada o tapada por vegetación, la responsabilidad recae en la administración competente, no en el conductor que no ha podido interpretarla.
Si un conductor recibe una sanción derivada de una señal invisible o ilegible, la normativa española reconoce su derecho a presentar alegaciones y recurrir la multa. El recurso puede tramitarse a través de la sede electrónica de la DGT, por correo postal o solicitando cita en una Jefatura de Tráfico.
Para justificar la reclamación, es fundamental aportar pruebas como fotografías o vídeos que acrediten el mal estado de la señal. La DGT enviará una notificación confirmando la recepción del recurso y, posteriormente, resolverá el expediente.
Un trámite gratuito y accesible
El conductor dispone de 20 días naturales desde la notificación de la sanción para presentar alegaciones. No es necesario contar con abogado ni procurador, por lo que el proceso es gratuito y accesible para cualquier ciudadano.
La legislación española es clara, si la administración no garantiza una señalización adecuada, el conductor no puede ser responsabilizado por no cumplir una indicación que no podía ver o interpretar. Por ello, las multas son plenamente recurribles en estos casos.