TSE descarta sustitución de organizaciones que renuncien fuera de plazo
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que la normativa vigente no contempla la sustitución de organizaciones políticas que decidan declinar su participación una vez vencidos los plazos establecidos en el calendario electoral.
A través de un comunicado oficial, la entidad citó la Ley N° 026 del Régimen Electoral, la cual establece que, cuando una organización política renuncia dentro del periodo fijado, no corresponde la realización de reemplazos posteriores fuera de ese marco legal.
TSE
El pronunciamiento se conoce luego de que el partido Nueva Generación Patriótica (NGP) presentó formalmente su declinatoria para participar en la segunda vuelta electoral en el departamento de La Paz, dejando fuera de competencia a su candidato, René Yahuasi.
La decisión fue comunicada mediante un memorial presentado ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), con sello de recepción del Tribunal Electoral Departamental de La Paz fechado el 31 de marzo de 2026.
Al respecto, TSE enfatizó que el respeto a los plazos es un principio fundamental para garantizar la transparencia, la seguridad jurídica y la igualdad de condiciones entre los actores políticos.
Sustituciones
Asimismo, la institución reiteró que cualquier modificación en la participación de organizaciones debe ajustarse estrictamente a la normativa vigente, sin excepciones, para resguardar la legalidad del proceso electoral en curso.
Con esta aclaración, el órgano electoral busca dar certidumbre tanto a las fuerzas políticas como a la ciudadanía, en medio de un escenario marcado por tensiones y definiciones clave rumbo a las elecciones.
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