Declaración de la Renta 2026: si has reformado tu vivienda puedes deducir hasta el 40% del IRPF en estos casos
La campaña de la Declaración de la Renta de 2026 en España, correspondiente al ejercicio fiscal 2025, cuenta con un calendario oficial de presentación fijado por la Agencia Tributaria. Los contribuyentes podrán presentar su declaración por Internet mediante Renta Web y la sede electrónica entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026. Además, la asistencia telefónica para la confección de borradores y resolución de dudas estará disponible desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio, con cita previa que puede solicitarse entre el 29 de abril y el 29 de junio. Con estos plazos, los contribuyentes pueden revisar datos fiscales y asegurarse de aplicar correctamente todas las deducciones sin riesgo de sanciones.
Para quienes prefieran la atención presencial, las oficinas de Hacienda abrirán entre el 1 y el 30 de junio de 2026, con cita previa solicitada entre el 29 de mayo y el 29 de junio. Esta opción permite recibir orientación directa sobre la declaración, verificar datos fiscales y aclarar dudas complejas, garantizando que se cumplan todos los requisitos legales y técnicos que permiten aprovechar las deducciones por reformas energéticas.
En este contexto, cabe recordar que las deducciones fiscales son un recurso importante para reducir la cantidad a pagar o incrementar la devolución, aunque muchos contribuyentes no las aplican por desconocimiento. En los últimos años se han introducido incentivos dirigidos a colectivos vulnerables, como pensionistas o personas con rentas bajas, y también medidas que fomentan la eficiencia energética de las viviendas y edificios. Estas deducciones se centran en reformas que disminuyen el consumo de calefacción y refrigeración y mejoran la calificación energética de la propiedad, generando beneficios económicos y ambientales.
Beneficios de eficiencia energética impulsados por el Gobierno
El Real Decreto-ley 16/2025 ha prorrogado los plazos para aprovechar estas deducciones. Su aplicación tiene efectos desde el 1 de enero de 2025 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 para viviendas individuales, y hasta 2027 para edificios residenciales a rehabilitar.
Estas deducciones forman parte de una política orientada a reducir el consumo energético, impulsar la sostenibilidad y generar actividad económica en el sector de la construcción y la eficiencia energética. Con plazos claros, requisitos técnicos definidos, certificación obligatoria y límites anuales establecidos, los contribuyentes pueden planificar reformas que no solo mejoren la eficiencia de sus viviendas, sino que también permitan optimizar su ahorro fiscal y contribuir al cuidado del medioambiente.
Deducciones entre un 20 y un 40% para obras en viviendas
En el caso de viviendas, se puede deducir un 20% de las obras si logran una reducción mínima del 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, con una base máxima anual de 5.000 euros. Cuando la reforma consigue al menos un 30% de reducción energética o la vivienda alcanza una calificación A o B, la deducción asciende al 40%, con un límite anual de 7.500 euros. Es imprescindible conservar toda la documentación técnica y los comprobantes de pago para poder justificar correctamente la deducción ante Hacienda.
Hasta 60% de deducción del IRPF para edificios residenciales
Para edificios residenciales, la deducción llega al 60% cuando la rehabilitación logra disminuir el consumo de energía primaria no renovable al menos un 30% o si se obtiene una calificación energética A o B. Las plazas de garaje y trasteros adquiridos junto con la vivienda se consideran dentro de esta deducción. En estos casos, la base máxima anual que puede aplicarse es de 5.000 euros. En todos los supuestos es obligatorio contar con un Certificado de Eficiencia Energética (CEE) válido, emitido por técnicos competentes, y acreditar la mejora mediante documentación técnica y pagos por medios bancarios.