Confirmado por la ley: Hasta 90.000 euros de multa si pones tu piso en alquiler y no depositas la fianza en el organismo competente
La fianza que el inquilino entrega al formalizar un contrato de alquiler no es un dinero que el propietario pueda gestionar a su libre albedrío.
El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que, tratándose de arrendamientos de vivienda, la fianza en metálico deberá ser depositada en el organismo que cada comunidad autónoma tenga habilitado para ello, quedando inmovilizada hasta la finalización del contrato.
Este precepto, que persigue proteger a ambas partes frente a posibles conflictos, es sistemáticamente incumplido en cientos de contratos, según advierten las Cámaras de la Propiedad Urbana.
La entidad vallisoletana Campruva, por ejemplo, alertó el año pasado, según informó en su moment el medio Castilla y León Económica, de que muchos arrendadores desconocen que, en Castilla y León, la gestión de estas fianzas corresponde exclusivamente a la Cámara de la Propiedad Urbana, actuando como concesionaria oficial de la Junta.
Sanciones que varían según la comunidad autónoma
El importe de las multas por no realizar este depósito no es homogéneo en todo el territorio nacional, ya que cada región ha desarrollado su propio régimen sancionador.
En términos generales, las sanciones pueden oscilar entre los 300 euros para las infracciones más leves y los 90.000 euros para las más graves.
En la Comunidad de Madrid, las infracciones leves pueden conllevar sanciones del 5% al 25% del importe de la fianza no depositada, mientras que las graves pueden alcanzar los 90.151,82 euros.
En Cataluña, el régimen sancionador fija las multas por infracciones graves entre el 35% y el 75% del importe de las fianzas no depositadas, mientras que Castilla y León ha fijado la horquilla entre los 10.000 y los 90.000 euros en función de la gravedad de la infracción.
Más allá del riesgo económico, no depositar la fianza resta seguridad jurídica al contrato y expone al propietario a situaciones de vulnerabilidad.
Sin el depósito formalizado, el arrendamiento carece de validez frente a terceros, lo que puede dificultar gestiones como el cambio de titularidad en suministros de luz, agua o gas.
Además, los inquilinos que descubren que su fianza no ha sido depositada legalmente pueden presentar denuncia ante las autoridades competentes, especialmente en momentos de negociación de condiciones o de renovación del contrato.