Torres y Armengol esquivan su declaración ante el tribunal: podrán testificar por escrito en el juicio a Ábalos
El Tribunal Supremo (TS) ha accedido a la petición del ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, y de la presidenta del Congreso, Francina Armengol, de declarar por escrito en el primer juicio del "caso Koldo" sobre la adquisición de mascarillas a la empresa de la trama cuando ambos estaban al frente de los gobiernos canario y balear, respectivamente.
La Sala exime a ambos de testificar de forma presencial en el Tribunal Supremo en la fecha señalada, el próximo 22 de abril, una imagen que no se producirá para alivio del Gobierno, consciente del desgaste que supone tener a un miembro del Ejecutivo y a la presidenta de la Cámara Baja en un juicio por corrupción.
El Supremo apunta que la pretensión de Torres y Armengol "es novedosa y carece de antecedentes en esta Sala", dado que en casos anteriores este hecho se ha referido "bien a testigos que ya ocupaban el puesto en el que se fundamenta el privilegio, o su testimonio versaba sobre hechos que no le eran conocidos por razón de su cargo, o bien no hicieron uso del privilegio que se actúa".
Privilegio interpretado "restrictivamente"
La Sala avala que su pretensión está amparada por la normativa procesal, que reconoce a determinados altos cargos la posibilidad de declarar por escrito cuando hayan tenido conocimiento de los hechos por los que testifican "por razón del cargo".
"Es obvio que, como privilegio, debe ser interpretado restrictivamente, tanto respecto a las personas a las que se refiere, que deberán estar en activo al tiempo del llamamiento como testigo al juicio oral, como al presupuesto de su aplicación, pues debe referirse a hechos conocidos por razón de su cargo", precisa no obstante el tribunal.
En todo caso, asume que el precepto al que se acogen Torres y Armengol "plantea serias dudas de acomodación al esquema garantista del proceso penal", en el que deben regir "los principios de contradicción, inmediación y publicidad".
"Obligación de reflejar la verdad"
De todas formas, y tras acceder a su petición, les aclara que en el informe que deberán enviar antes del próximo 7 de abril, fecha de comienzo del juicio del "caso mascarillas", deberán exponer "lo que por razón de su cargo hayan tenido conocimiento y deberán realizarlo con la obligación de reflejar la verdad de lo que informan".
El objeto de su testifical, explica la Sala, debe ajustarse "a lo que relaciona el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación sobre la influencia y la facilitación de relaciones con las administraciones autónomas que, respectivamente presidían" para la adquisición de mascarillas en pandemia a la empresa de la trama, Soluciones de Gestión.
Por lo tanto, debe versar sobre los contratos adjudicados a dicha sociedad por el Servicio Canario de Salud el 22 de abril y el 4 de mayo de 2020 para el suministro de mascarillas por un total de 1.228.833,21 euros. Y también, al contrato adjudicado a Soluciones de Gestión por parte del Servicio de Salud de Baleares el 12 de mayo de ese mismo año para la adquisición del material sanitario por un importe de 3.701.500 euros.
Fiscalía: "Interlocución privilegiada" de Aldama
Según Anticorrupción, Ábalos y Koldo facilitaron al empresario Víctor de Aldama "una interlocución privilegiada" para que la empresa de la trama "suministrará material de protección sanitario a los servicios de salud canario y balear.
Tanto el exministro como quien fuera su asesor pidieron su declaración como testigos para intentar acreditar que no tuvieron nada que ver con el proceso de adjudicación de esos contratos por parte de los dos gobiernos autonómicos, sino que la elección de proveedores respondió "a la disponibilidad del mercado en un momento de desabastecimiento mundial".
Torres y Armengol esgrimieron que la normativa procesal les dispensa de esa comparecencia presencial cuando hayan tenido conocimiento por razón de su cargo de los hechos sobre los que deben declarar.
El tribunal del "caso mascarillas" toma esta decisión de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, que se mostró conforme con la petición de los dos altos cargos, al contrario que la acusación popular que aglutina el PP, que se opuso al igual que las defensas de José Luis Ábalos y de Koldo García, esgrimiendo que una declaración por escrito desvirtuaba su testimonio (Torres y Armengol reclamaron que se les remitiese un pliego con las preguntas para remitirlo al Supremo con sus respuestas).
El alto tribunal también ha negado la posibilidad de testificar por escrito al director de la Policía Nacional, Francisco Pardo, y a la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta chicano, que habían solicitado al tribunal declarar por escrito por razón de su cargo.