El Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechaza paralizar la eutanasia de Noelia
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no paralizará cautelarmente la eutanasia de Noelia, la joven parapléjica de Barcelona, a la que se opone su padre. Estrasburgo rechaza así la solicitud efectuada por Abogados Cristianos en nombre del progenitor.
La decisión se ha adoptado "por mayoría" de la Sala, que no ve motivos que justifiquen instar al Gobierno español a adoptar la medida cautelar.
Abogados Cristianos indica en una nota de prensa que esta decisión "no supone el cierre del procedimiento ni una validación de la eutanasia" de la joven, pues "el fondo del asunto sigue pendiente de resolución".
Además, recuerda el carácter excepcional de la suspensión cautelar que contempla el artículo 39 del Reglamento del TEDH, pues en los últimos dos años "solo alrededor del 0,4% de las demandas pendientes mantenían una cautelar en vigor".
El TC tampoco paralizó la eutanasia
El pasado febrero, el Tribunal Constitucional también descartó paralizar la eutanasia de Noelia al inadmitir por unanimidad el recurso de amparo de su progenitor al apreciar una "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental".
Para el padre de la joven, avalar la medida solicitada por su hija vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva en relación con la prohibición de arbitrariedad y el derecho a la vida, a la dignidad de la persona y a la autonomía personal.
Sin embargo, el TC confirmó el criterio del Tribunal Supremo, que inadmitió el recurso de casación del padre contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la resolución de la Comisión de Garantías y Evaluación a favor de la prestación de la eutanasia.
Padecimiento "grave" y "crónico"
Las sucesivas resoluciones judiciales han reafirmado la capacidad de la joven para solicitar la prestación y la existencia de los requisitos legales para acceder a la ayuda para morir al padecer "una enfermedad grave e incurable que le provoca un padecimiento grave, crónico e imposibilitante".
Abogados Cristianos hace hincapié en que siguen abiertos en España "dos procedimientos penales de enorme relevancia". El primero, recuerda, contra los miembros de la dupla médico-forense responsable de la valoración favorable a la eutanasia de Noelia, a quienes atribuye delitos de falsedad en documento público y prevaricación porque "ambos habrían reconocido en sede judicial que simularon un desacuerdo inexistente para elevar el asunto al pleno de la Comisión de Garantía y Evaluación, alterando así el cauce legalmente previsto y blindando administrativamente la autorización".
A este respecto, aunque el Tribunal Supremo apreció una "irregularidad procedimental" en su actuación que tachó de "sorprendente" y "censurable", precisó que ese comportamiento "no tuvo ningún efecto sobre el procedimiento" administrativo que autorizó la eutanasia ni tampoco causó "indefensión material alguna ni a la solicitante de la eutanasia" ni a su padre.
Dos procedimientos abiertos en España
El segundo procedimiento penal al que hace referencia la asociación recurrente se dirige por prevaricación contra miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña y contra el exconseller de Salud Josep Maria Argimon o delito de prevaricación. Abogados Cristianos cuestiona su imparcialidad por "estar relacionados con entidades activistas proeutanasia o con organismos interesados en la obtención de órganos".
Del mismo modo, señala que en uno de estos juzgados también solicitó la paralización cautelar de la eutanasia de Noelia, medida sobre le que el juzgado de lo penal todavía no se ha pronunciado.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, incide en que "lo único que ha dicho" Estrasburgo es "que no acuerda, por ahora, una medida absolutamente excepcional. Pero el caso sigue abierto y pendiente de sentencia". "Si finalmente matan a Noelia con dos procedimientos penales abiertos en España y sin una resolución definitiva del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la situación puede volverse muy seria para todos los implicados", ha advertido Castellanos.
La asociación letrada recuerda asimismo que el TEDH ya condenó a Bélgica en el "caso Mortier v. Belgium", al apreciar una vulneración del artículo 2 del convenio en un procedimiento de eutanasia por falta de garantías suficientes y por la falta de independencia del órgano de control.