La jueza se inhibe a favor del juzgado de violencia machista en el asesinato de Colungo (Huesca)
La jueza de la plaza 2 del Tribunal de Instancia de Barbastro ha dictado este martes auto de inhibición a favor de la plaza 1 del mismo tribunal en el caso del asesinato de María Paloma B.S. en Colungo (Huesca) por ser el órgano competente para la investigación de delitos de Violencia sobre la Mujer.
La jueza explica que tras las pruebas practicas existen "indicios fundados" de que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de violencia machista, con la implicación supuestamente de la actual pareja de la víctima y de su exmarido, el primero de ellos en prisión y el segundo en libertad con cargos.
Relata, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que en un primer momento la plaza 2 asumió la competencia de la instrucción ante la "aparente naturaleza accidental o indeterminada de la muerte".
María Paloma despareció el 17 de enero y al día siguiente su cuerpo fue localizado debajo de un puente en el barranco Las Palomas, en el término de Colungo, con lo que al principio se pensó que podía tratarse de un suicidio.
Pero a lo largo de la investigación y a raíz de las distintas diligencias se descartó el carácter accidental del fallecimiento y emergieron indicios de una muerte violenta y se identificaron diversas personas como posibles investigados.
Según la jueza, se llegó a la conclusión de que el móvil de los hechos podría estar vinculado a un interés económico en el contexto de la relación existente entre investigado y víctima, pero eso no excluye, "antes al contrario", su posible incardinación en un supuesto de violencia de género, al concurrir una relación afectiva previa entre ambos.
Por tanto, insiste la jueza en que el móvil económico que se infiere de la investigación -ya que la expareja de la víctima supuestamente intervino sus cuentas bancarias y las de un tío vulnerable- no excluye que los hechos "puedan ser constitutivos de un delito comprendido dentro del ámbito competencial del Juzgado de Violencia sobre la Mujer" al haberse producido en el contexto de una relación de pareja o expareja.
La jueza insiste en que hasta ahora ha actuado "plenamente ajustada a Derecho" al haber asumido la competencia en un momento inicial en el que no concurrían elementos que permitieran apreciar la existencia de un supuesto de violencia de género.