Víctor Arpa, abogado laboralista: "Cuando hay negligencia empresarial en un accidente puedes reclamar esto"
España mantiene una elevada siniestralidad laboral que vuelve a situar el foco en las condiciones de trabajo. Según asegura la Unión Sindical Obrera en su página oficial, hasta el 31 de julio de 2025 se registraron en el país un total de 668.801 accidentes de trabajo. Con casi 22 millones de personas ocupadas, los datos indican que tres de cada cien personas trabajadoras ha sufrido un accidente laboral en 2025. Esta proporción evidencia una realidad persistente en el mercado laboral español, donde miles de empleados ven comprometida su seguridad física en el desempeño diario de su actividad profesional.
Los accidentes laborales más frecuentes se concentran en sectores como la construcción, la industria y el transporte, donde predominan las caídas, los golpes con objetos, los atrapamientos por maquinaria y los sobreesfuerzos físicos. También destacan los accidentes in itinere, aquellos que se producen en los desplazamientos al trabajo. Cuando se demuestra que el incidente se debe a un incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, las empresas pueden afrontar sanciones económicas que varían según la gravedad, desde multas de varios miles de euros hasta cuantías mucho más elevadas en los casos más graves.
En caso de accidente laboral, la persona trabajadora tiene derecho a un proceso de incapacidad temporal desde el primer día, con una prestación económica que suele ser superior a la derivada de una enfermedad común. Si las secuelas persisten y reducen o anulan la capacidad para trabajar, se puede reconocer una incapacidad permanente en distintos grados, parcial, total, absoluta o gran invalidez. En función de esta calificación, el sistema contempla pensiones o indemnizaciones destinadas a compensar la pérdida de ingresos. Sin embargo, ¿por dónde se empieza a reclamar?
La importancia de seguir reclamando
Víctor Arpa, abogado laboralista que se ha dado a conocer por su contenido en redes sociales sobre los derechos laborales de los asalariados, expone la importancia de continuar reclamando la compensación económica incluso cuando se abona el primer pago. "¿Te has accidentado en el trabajo y la empresa te dice que ya está todo cubierto por la Seguridad Social? Cuidado, porque eso no siempre es verdad. Pasa mucho más de lo que crees", comienza explicando el profesional del derecho laboral. En este sentido, cabe recalcar que existe un desconocimiento generalizado entre los trabajadores sobre los derechos que tienen en estas situaciones concretas.
Para ello, el abogado ejemplifica con un supuesto real en el que un empleado es herido en su entorno laboral. "Te caes porque no había barandilla, te lesionas porque la máquina no tenía protección o porque nadie te explicó bien cómo usarla. La empresa cumple con darte la baja, sí, pero si el accidente ocurrió por su culpa, por no dar equipos de protección o por trabajar con prisas y sin seguridad, eso no se queda ahí", comenta. En este sentido, la responsabilidad de la compañía va mucho más allá de este simple gesto. "Muchos trabajadores cometen el mismo error: pensar que la prestación es lo único que pueden reclamar y no preguntar nada más, y no", confirma.
La aseguradora paga la indemnización económica
Por tanto, la indemnización en estos casos es el grueso económico mayor, pero cuenta con la particularidad de que debe ser el propio empleado el que la reclame. "Cuando hay negligencia empresarial, puedes reclamar una indemnización aparte por el daño físico, por el sufrimiento y por el dinero que has perdido, y que sepas que esta indemnización la paga su aseguradora, que cubre los accidentes", concluye. En este contexto, no son pocas las indemnizaciones que han eludido las empresas por el simple hecho de que el trabajador desconocía dicha condición y, al no reclamarla, la ha perdido por completo.