El Tribunal Supremo valida una indemnización de 15.000 euros para un conserje tras un "error inexcusable" cometido por la comunidad para la que trabajaba
Un conserje ha visto cómo el Tribunal Supremo validaba una indemnización de 15.076,47 euros tras declarar improcedente su despido por parte de la comunidad de vecinos para la que trabajaba.
La sentencia, que sienta un precedente sobre la obligatoriedad de calcular con exactitud las condiciones laborales, se basa en lo que los magistrados han calificado como un "error inexcusable" por parte de los propietarios. Este error consistió en computar una antigüedad tres años inferior a la real del trabajador y en no realizar el pago de la indemnización en el momento de notificarle el cese.
Los hechos se remontan a la junta de propietarios celebrada en abril de 2024, donde la comunidad decidió prescindir del conserje alegando causas económicas derivadas de la morosidad y el aumento de gastos. En la carta de despido enviada en mayo, se le comunicaba una indemnización de 6.298,04 euros, calculada sobre una antigüedad que, según la comunidad, comenzaba el 1 de junio de 2017.
Sin embargo, las pruebas presentadas en el juicio demostraron de manera fehaciente que la relación laboral se había iniciado en realidad el 6 de mayo de 2014, por lo que la indemnización por despido objetivo debía haber sido de 9.137,26 euros. Esta discrepancia de 2.848,22 euros, carente de justificación para el tribunal, fue el primer pilar del error.
Un fallo procedimental que convirtió un despido objetivo en improcedente
Además del error en el cálculo, la sentencia subraya otros dos vicios formales que acabaron por invalidar el procedimiento de despido. En primer lugar, la comunidad no abonó la cantidad ni siquiera de la indemnización que sí reconoció en el momento de la notificación, incumpliendo un requisito legal esencial.
En segundo lugar, la carta de despido utilizada era un modelo genérico, una "carta tipo copiada de otros asuntos", que no cumplía con los requisitos de validez al no ajustarse a las circunstancias específicas del caso. La conjunción de estos factores llevó al tribunal a concluir que la conducta de la comunidad había perjudicado al trabajador de forma inexcusable.
En consecuencia, el fallo declara la improcedencia del despido y otorga a la comunidad de vecinos dos opciones: readmitir al conserje en sus condiciones originales dentro de un plazo de cinco días, o abonarle la indemnización de 15.076,47 euros, cantidad calculada sobre su salario neto de 1.100 euros y su antigüedad real. Esta decisión judicial, que según los informes aún podría ser recurrida, actúa como una firme advertencia a las comunidades de propietarios sobre la necesidad de extremar el rigor y el asesoramiento profesional en los procesos de despido, especialmente cuando afectan a trabajadores con contratos indefinidos.