La familia del sacristán: la absolución de Kanjaa desprotege frente a los «lobos solitarios»
La familia del sacristán de Algeciras Diego Valencia, asesinado a machetazos por Yassine Kanjaa el 25 de enero de 2023, considera que la absolución del acusado por sufrir un trastorno psiquiátrico que, según la Audiencia Nacional, le impedía se consciente de sus actos, deja a la sociedad «desprotegida» frente a los «lobos solitarios» (yihadistas dispuestos a atentar tras un proceso de radicalización sin estar incluidos en ninguna organización terrorista). Así lo pone de manifiesto la acusación particular en el recurso que ha interpuesto ante la Sala de Apelación del citado tribunal para intentar que se determine que el joven marroquí sí era consciente de lo que hacía y que esos ataques tuvieron carácter terrorista.
En ese escrito –al que ha tenido acceso LA RAZÓN–, el letrado de la acusación, Manuel Barberá, solicita a la Sala que precise que Kanjaa «tenía sus facultades volitivas alteradas, no anuladas», y que sabía que estaba cometiendo «un hecho ilícito».
La familia de Valencia –su viuda y dos hijos– no están conformes con que la sentencia dé por probado que el delirio que padecía el asesino confeso era «de tal fuerza que le generaba una pérdida de la percepción de la realidad y una incapacidad para controlar sus impulsos».
"Pleno conocimiento"
Muy al contrario, la acusación sostiene que Kanjaa actuó movido por «su fanatismo contra la religión católica» tras un consciente proceso de radicalización. Pretendía, subraya en su recurso, tanto «alterar la paz pública como sembrar terror en parte de la población» y tenía «pleno conocimiento de cuanto hacía».
Y para apuntalar esa conclusión pone de relieve que tras acudir a su casa a por el machete con el que cometió los ataques «escondió la funda en un doble fondo del techo de su habitación y apagó su móvil, para no ser localizado». Además, añade, visitó con anterioridad «los lugares donde pensaba actuar».
«Si tenía capacidad –como dice la sentencia– para aplicarle la agravante de alevosía en el asesinato, cómo no iba a tenerla para cometer los atentados que llevó a cabo y atemorizar a gran parte de la Ciudad. Sería una contradicción pensar lo contrario», argumenta.
Y advierte de que no calificar como terroristas los ataques supone «desproteger a la ciudadanía» frente a la radicalización de «personas solitarias» que puedan cometer actos similares «amparándose en su disminuida capacidad volitiva».
Proceso de islamización
Al mismo tiempo, denuncia que de esta forma se priva a las víctimas de las indemnizaciones que recoge la Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo (la sentencia condena a Kanjaa indemnizar con 150.000 euros a la viuda de Diego Valencia y con 50.000 a cada uno de sus dos hijos).
La familia del sacristán asesinado asegura que Kanjaa se vio inmerso «de manera consciente» en un «proceso de islamización» que «influyó, de manera evidente, en la alteración psíquica del acusado, de manera que lo llevó a perpetrar el execrable crimen». «Tenía alteradas de manera grave sus facultades volitivas, pero no anuladas», insiste, algo que según su criterio debería impedir aplicarle, como ha hecho la Audiencia Nacional, la eximente completa de enajenación mental.
Yassine Kanjaa, hace hincapié, «llegó a radicalizarse meses antes» de llevar a cabo los ataques, «preparando todos y cada uno de los actos que llegaron a plasmar cuanto pretendía». «Atentar contra fieles de la religión católica, y provocar el caos» entres quienes se encontraban en el interior de las iglesias, así como «cometer el asesinato», era «su intención desde el momento de su radicalización».
«La puesta en acción de los hechos fue, de alguna manera planeada», concluye en su recurso ante la Audiencia la acusación particular, para la que este hecho «implica cierto control de la voluntad» por parte de Kanjaa, lo que impediría la absolución.