Hacienda permitirá que las pequeñas empresas paguen menos impuestos durante los ejercicios con pérdidas
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, ha blindado el derecho de las pequeñas empresas a utilizar la reserva de nivelación, un mecanismo fiscal que les permite suavizar su tributación. Este instrumento, diseñado para compañías con una facturación inferior a 10 millones de euros, permite reducir la base imponible en ejercicios con beneficios, anticipando una compensación por posibles pérdidas futuras y, en esencia, difiriendo el pago de impuestos en el tiempo.
Durante años, la Administración Tributaria consideraba este beneficio como una mera "opción tributaria", una calificación con consecuencias prácticas cruciales: debía solicitarse estrictamente dentro del plazo de presentación del impuesto de sociedades, y su omisión inicial o una declaración fuera de término conllevaba la pérdida irrevocable del derecho a aplicarlo. Esta interpretación ha sido ahora rechazada de plano por el máximo tribunal económico-administrativo, que unifica doctrina en favor de los contribuyentes.
De una opción administrativa a un derecho
La resolución del TEAC establece una distinción legal fundamental, considera que una opción tributaria, como elegir entre métodos de cálculo alternativos, implica seleccionar regímenes excluyentes. Por el contrario, la reserva de nivelación es un beneficio fiscal integrado en la normativa del impuesto de sociedades para quien cumple unos requisitos objetivos.
El tribunal argumenta que no se trata de elegir entre dos caminos fiscales distintos, sino de ejercer un derecho reconocido por la ley cuando se dan las condiciones previstas.
En la práctica, significa que la Agencia Tributaria no podrá denegar automáticamente la aplicación de la reserva por el mero hecho de que la declaración del impuesto de sociedades se haya presentado fuera de plazo, tampoco podrá rechazar su solicitud mediante una declaración rectificativa posterior, siempre que la empresa acredite cumplir con los requisitos legales.
La reserva de nivelación no es una bonificación permanente, sino un ajuste sujeto a reversión: si en los cinco ejercicios siguientes la empresa incurre en pérdidas, la reducción aplicada se compensa con ellas. Si no se materializan dichas pérdidas, la ley obliga a reintegrar la reducción en la base imponible del quinto año.
El TEAC subraya que el sistema ya contiene sus propios correctivos, lo que despeja cualquier duda sobre su carácter de derecho consolidado.